AYER FINALIZÓ EL DEBATE POR LA MUERTE DE UNA BEBITA
Durante la mañana de ayer, se llevó a cabo la ronda final de testigos del caso, precedido por la Dra. Mariela Rojas de Di Pretoro y las vocales Alicia León y Patricia Pérez.
El hecho conmovió a la opinión pública en marzo de este año, cuando un joven matrimonio, llegó al hospital , para darle atención a su beba de tan solo 10 meses de edad, argumentando que la infante se habría caído de un andador.
En aquella oportunidad, el Dr. Mario Imaz, director de dicho nosocomio, indicó que las múltiples fracturas que padecía Leonella Estefanía Zapata, tal es el nombre de la bebé, no guardarían relación con las que se producen cuando un bebé se cae de un andador y que posiblemente se tratara de un caso de maltrato infantil.
Lamentablemente Leonella falleció en el Hospital producto de un Hematoma Subdural, que se produjo como consecuencia de un fuerte golpe en la cabeza.
Por este hecho fueron imputados; Lucía Elizabeth Zapata, madre de la fallecida, por el delito de “Homicidio calificado, agravado por el vínculo”.
Y Ramón Oscar Jiménez, la pareja de Lucía Zapata. Por el delito de: “Abandono de persona seguido de muerte”, al que, en la instancia de alegatos se le sumó, “Homicidio simple, por omisión”.
En esta segunda y última ronda de testigos, declararon; La Psicóloga que estudió a Oscar Jiménez, el médico Neurocirujano que atendió la beba por el hematoma subdural y que le realizó drenajes para disminuir la presión cerebro vascular, un médico del Juzgado, que realizó el informe correspondiente, la prima hermana de Lucía Zapata, una amiga de Jiménez y de Zapata, una compañera de Zapata en los calabozos de la Comisaría del Menor y la Familia y el padre biológico de la beba fallecida.
El dato
Uno de los testimonios más ricos en esta audiencia fue sin duda el del Dr. Mälher, el cual realizó un preciso análisis de los estudios hechos cuando aún la beba se encontraba con vida y de la propia autopsia.
Mälher citó en este marco, la data de las fracturas producidas en la menor, que fueron percatadas por los médicos en su última internación. Según el avance de los callos óseos (etapa inicial de una soldadura ósea), al observar las radiografías, el médico pudo determinar que dichas quebraduras; en piernas y brazos, se habrían producido aproximadamente 27 días antes de que la bebita fuera llevada al hospital, y que por la diferencia en el estado de evolución de la calcificación de las mismas entre sí, las fracturas se habrían producido en distintos tiempos, es decir no fueron todas producidas el mismo día.
Además el profesional de la salud puntualizó en que, es imposible que los padres no se dieran cuenta que su hija estaba seriamente herida ya que los dolores de una fractura son tan intensos que la beba debió haber llorado constantemente y además la misma exhibía una importante inflamación en uno de sus brazos, a raíz de la fractura. Lo que dejó en duda la declaración de los tutores, quienes afirmaron que su hija no expresaba dolor y que no se habían dado cuenta de que tenía esas lesiones.
El otro aspecto que debilitó el testimonio de los imputados fue la lectura de dos quebraduras, ubicadas en el tercio medio de ambas piernas de la nena. Estas fracturas, según explica el profesional, son de tipo espiral, y la única forma de que se produzca una fractura de este tipo es ejerciendo una fuerza de torsión sobre la pierna de la nena, en otras palabras, “le torcieron la pierna”. Y dado que tanto Jiménez, como Zapata declararon que la nena se habría producido las lesiones al caerse de la cama o el andador- lo cual no ejerce ese tipo de fuerza sobre la criatura- la veracidad de estos testimonios se pone en duda.
También ocurre lo propio con el análisis que el profesional hace, respecto al traumatismo que la pequeña paciente presentaba en el cráneo, lo que le produjo un hematoma subdural, que finalmente le dio la muerte.
El medico explicó que por la composición y el aspecto de la herida exterior, la lesión debió haberse producido 4 días antes de ser internada, es decir que la madre y el padrastro de la bebé dejaron pasar mas de veinte días desde su primer fractura y aproximadamente cuatro días desde la fractura craneana, antes de llevarla a un centro de salud.
Síndrome de Munchausen
Fue una de las hipótesis tratadas en la audiencia, consiste en una simulación repetida de enfermedades físicas, usualmente agudas, aparatosas y convincentes, por una persona que vaga de un hospital a otro en busca de tratamiento. Los pacientes son capaces de simular muchas enfermedades físicas tales como infarto de miocardio o fiebre de origen desconocido, en este sentido la psicóloga que declaro en la causa señaló que también existen casos de padres que producen, inconcientemente, malestares a sus hijos para luego llevarlos al medico.
Alegatos
En cuanto a la parte final de la audiencia, los alegatos; La fiscalía de Cámara, representada por el Dr. Carlos Larrarte, hizo especial hincapié en la figura de Jiménez, a quien desestimó en gran parte de su testimonio, señaló que “hubo un pacto de silencio” entre los imputados y hasta se animó a pedir, para Jiménez la imputación por el delito de “Homicidio Simple por omisión” y “Abandono de persona seguido de muerte” con una pena de 12 años de prisión, explicando que el hombre es responsable de la muerte por no haber impedido que el maltrato se siga produciendo, al tiempo que remarcó que “Lucía Zapata fue quien golpeó a su hija” por lo que pidió para ella la pena de 12 años de prisión por el delito de “Homicidio Calificado, agravado por el vínculo” y agregó: “yo no puedo entender como esta chica no se emocionó cuando comenzó a relatar la historia” haciendo alusión a el momento en que la madre la Leonella declara lo ocurrido y que recién quiebra en llanto cuando el indignado Fiscal insiste con la situación de abandono en el que la menor se encontraba.
La defensa de Jiménez, representada por el Dr. Rafael Briceño, comenzó desestimando el pedido del Fiscal, y se basó en probar que su defendido, Oscar Ramón Jiménez de 36 años, no habría abandonado a la bebé, porque no había, a su entender, un vínculo real, ya que el hombre trabajaba afuera y en el lapso de dos meses, solo estuvo en la morada 18 días, y que a pesar de ello le brindó a la hija de su pareja asistencia médica, y la mantuvo ya que su madre no trabajaba.
Respecto a la acusación de “Homicidio por omisión” Briceño indicó que su defendido, nada podía hacer ante esta situación ya que no tenía ninguna potestad sobre la menor, la madre era Lucía.
La defensa de Zapata: Representada por la Defensora oficial, Dra. Silvina Gallo, se basó en demostrar, en base a algunos informes, que si los médicos no pudieron determinar las heridas que presentaba la víctima, mucho menos se podía esperar que su madre, Lucía Elizabeth Zapata, de 19 años, que no cuenta con esa formación profesional lo hiciera, y que la niña no tenía tales quebraduras ya que vecinos declararon en este debate haberla visto en el andador a días de ser internada. (Ambos argumentos fueron desarticulados por el Fiscal, al ofrecer la lectura de otros informes y tildar de “todavía más Cruel” el hecho de que la nena este sentada en un andador con semejantes quebraduras”
La audiencia finalizó a las 14:30Hs. Y el fallo se conocerá el próximo miércoles a las 8 de la mañana.
